1. Se debe acudir al Sistema de Atención de Reclamos SAR de la institución y solicitar al Oficial de Atención al Afiliado la Hoja de Reclamación, l a cual consta de un original y dos copias.con su acuse de recibo para los efectos correspondientes. En los casos, que los cooperativistas no puedan escribir o presenten incapacidad física y, a requerimiento de éste, el personal encargado podrá llenar la Hoja de Reclamación respectiva.
2. La institución se quedará con el original para realizar el análisis interno pertinente y llevar control de los plazos y expedientes.
3. En un plazo máximo de diez (15) días hábiles contados a partir de la fecha de la recepción del reclamo, se analizará y resolverá, debiendo comunicar la respuesta por escrito al afiliado, dentro de dicho plazo. En caso de requerir un mayor plazo la institución debe de informar por escrito al usuario las razones que ameritan la extensión del plazo.
4. La respuesta deberá ser por escrito y firmada por funcionario de mayor jerarquía (Área Legal o Jerarquía Igual).
5. Si el afiliado no está satisfecho de la respuesta podrá ir con sus 2 copias a elevar la queja a la CONSUCOOP.
6. La CONSUCOOP dará respuesta en 10 días para documentar el caso y emitir una resolución al afiliado.
7. Si es desfavorable a la institución la CONSUCOOP ordenara que se dé respuesta satisfactoria al afiliado.
8. La institución podrá interponer un recurso de apelación en las instancias judiciales correspondientes.
9. La falta de respuesta a esa Resolución se entenderá por desacato lo que responsabilidad judicial.
La apertura de la cuenta se realiza con un mínimo de L. 200.00.
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